DOCUMENTACION
Para los viajes al exterior es necesario atender la legislación vigente en cada caso. Es responsabilidad inexcusable de la agencia informar fehacientemente y con anticipación suficiente sobre los requisitos que exigen las autoridades migratorias, aduaneras y sanitarias de los destinos que incluye el tour, siendo responsabilidad exclusiva del pasajero contar con la documentación personal que exijan las autoridades mencionadas anteriormente.
EXTRAVIO, ROTURA Y/O ROBO DE EQUIPAJE:
En el cualquier de los casos, que la compañía aérea, o prestador de servicio extravía el equipaje, Cruises Around the World EVT, desliga toda responsabilidad del mismo. Deberá completar sin excepción en puerto el formulario de extravío o rotura del equipaje sin abandonar el mismo, por parte de la compañía le deben entregar duplicado de la misma. El equipaje es puramente responsabilidad de los pasajeros. Nunca deje su equipaje solo o en manos de terceros. Desde el año 2001 por disposiciones de seguridad el equipaje no se puede trasladar sin una persona responsable del mismo. Aconsejamos contratar cobertura de Equipaje Travel Ace/Universal Assistance, Legal y Medica.
CANCELACIONES:
1) En caso de desistimiento de operaciones a crédito no tendrán reembolso los importes abonados en concepto de informes, gastos administrativos, sellados e intereses.
2) Cuando se trate de desistimiento que afecte a servicios, mediante la remisión de la documentación pertinente y/o habiendo efectuado las reservas de tales servicios, el reembolso de los mismos estará sujeto a las condiciones contractuales bajo las cuales presten sus servicios las empresas respectivas. En todos los casos de reintegros, la agencia podrá retener el precio de los gastos incurridos más la comisión del 10% de los servicios contratados con terceros contemplando la realización de los trabajos realizados por la agencia hasta la fecha de la culminación definitiva del contrato.
POLITICA DE CANCELACION PARA CRUCEROS:
Consultar por cada compañía ya que varía de acuerdo a la prestadora de servicio.
RESPONSABILIDAD:
1) La empresa declara expresamente que actúa en el carácter de intermediaria en la reserva o contratación de los distintos servicios vinculados e incluidos en el respectivo tour reservación de servicios: hoteles, restaurantes, medio de transporte u otros prestadores. No obstante ello, las responsabilidades de la empresa, sea que intervenga como organizadora o intermediaria de viajes, será determinada conforme a las disposiciones contenidas en la Convención Internacional Relativa al Contrato de Viaje aprobado por la ley Nro 19.918.
2) La empresa no se responsabiliza por los hechos que se produzcan por caso fortuito o fuerza mayor, fenómenos climáticos o hechos de la naturaleza que acontezcan antes o durante el desarrollo del tour, que impidan, demoren o de cualquier modo obstaculicen la ejecución total o parcial de las prestaciones comprometidas por la empresa, de conformidad con lo dispuesto en el Código Civil.
CLAUSULA DE ARBITRAJE:
Toda cuestión que surja con motivo de la celebración, cumplimiento, incumplimiento, prórroga o rescisión del presente contrato, podrá ser sometida por las partes a la resolución del Tribunal Arbitral de la Asociación Argentina de Agencias de Viajes y Turismo y/o de los Tribunales Arbitrales que funcionen en sus regionales. En caso de sometimiento de dicha jurisdicción, los contratantes se sujetan, y dan por aceptadas todas las condiciones establecidas por la Reglamentación del Tribunal Arbitral.